MUERTE DIGNA

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MUERTE DIGNA



 



Tengo mis dudas de que este término sea el adecuado para definir lo que se conceptúa como “actuación correcta ante la muerte por parte de quieren atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal”. Tal vez habría que acudir  al vocablo ortotanasia (del griego orthos= recto y ajustado a la razón, y thanatos = muerte) que no ha de confundirse con la eutanasia, o la muerte sin sufrimiento físico. La ortotanasia nunca pretende deliberadamente el adelanto de la muerte del paciente, sino que busca configurar conductas que definan una actitud correcta, y prácticamente admitida por la mayoría de las religiones, ante una enfermedad terminal que no tiene cura y está causando sufrimiento al paciente.



Existe un gran debate, sujeto a un sinfín de interpretaciones y dudas razonables, sobre la ortotanasia o muerte digna (por emplear la expresión más repetida al abordar este tema). Se ha desarrollado ingente legislación sobre esta materia. Andalucía,  Aragón, Navarra han sido Comunidades pioneras en la regulación de estos derechos. La Comunidad Autónoma de Andalucia aprobaba el 9 de junio de 2009 la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las personas en el Proceso de Muerte. Y con ámbito de aplicación en todo el territorio nacional, el Consejo de Ministros aprobaba el 13 de mayo de 2011  el Anteproyecto de Ley de Cuidados Paliativos y Muerte Digna, que no despenaliza la eutanasia ni permite el suicidio asistido. Y para que “no haya dudas”, ni se susciten polémicas, incluso se cambia el nombre de esta norma que, a partir de ahora, se denominará Ley Reguladora de los Derechos de las Personas en el Proceso Final de la Vida (demasiado “alambicado” este título para una ley que acabará denominándose” Ley de la Muerte Digna”, como si el morir fuese un acto más digno que el nacer o el vivir…)



La ley contiene los derechos de los pacientes en situación terminal y las obligaciones del personal sanitario que atiende al enfermo en ese estado. Y entre esos derechos fundamentales se reconoce el de garantizar a los enfermos una sedacción paliativa que, aunque le acorte la vida, le permita morir sin dolor, e vitando el sufrimiento o intervenciones quirúrgicas innecesarias.



El enfermo también tiene derecho a que no le alarguen la vida artificialmente, a recibir apoyo espiritual según sus creencias religiosas, a respetar su intimidad y la de su familia, a morir en una habitación individual en el hospital o en el domicilio que designe.



Se refuerzan otros derechos ya existentes, como la de manifestar en testamento cómo quiere que se le apliquen los cuidados paliativos en el proceso de la agonía, es el denominado testamento vital, que, hasta la fecha en España, sólo lo han otorgado 82.000 personas.



Será muy difícil en un país que vive permanentemente en el enfrentamiento, y en el que muchos de sus políticos se alimentan con las noticias y los enfoques sesgados de sus respectivos “boletines informativos” que denominan “diarios independientes”, el poder acertar con la norma adecuada que regule una situación que no se pude soslayar. Y como desgraciada o afortunadamente, tanto los de “derechas” como los de “izquierdas” tienen que morir, ¿por qué no se les habrá ocurrido, antes de que alcancen su  “fase terminal”, sentarse en una mesa y trabajar para que al final pudiese haber una ley digna que atendiese el interés común y este derecho que todos los españoles tenemos a morir dignamente? O lo que es lo mismo, “humanizar el proceso de final de la vida”, como proclama la Ley Foral 8/2011, de 24 de marzo, de la Comunidad Foral de Navarra.



El debate sigue abierto. Las esperanzas de cambios educacionales en nuestra sociedad es una exigencia clamorosa. Y es hora de que comencemos a legislar para todos y con todos, porque el final de unos y otros es un derecho que ha de ser tratado dignamente y no como un instrumento más de la oportunidad de unos pocos. Amén





 



Junio 2011-06-25                                                                                                  Fdo. Ricardo Martinez Barros 

 


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