DESPUES DE LAS SENTENCIA AUN HAY VIDA

PUBLICADO ESPAÑA EXTERIOR



DESPUES DE LAS SENTENCIAS AUN HAY VIDA



 



            Que España es uno de los países con más alta tasa de litigiosidad no es noticia. Sólo Estados Unidos nos supera con 300 litigios por cada 1.000 habitantes. (España está en un 184’93 por cada 1.000 habitantes. Francia está con 120, Italia, 100; Alemania 75). Y que España presenta una Administración de Justicia obsoleta, desfasada y peligrosamente tendente hacia el partidismo y a la aprofesionalidad también es algo que reflejan los “machacones” datos de las encuestas y de la opinión pública.



 



No se puede pretender exhibir una JUSTICIA INDEPENDIENTE, mientras la cúpula del Poder Judicial (el Consejo General del Poder Judicial, CGPJ) está configurado por intereses políticos, y la cúpula de la Fiscalía (Fiscal General del Estado) es nombrada y cesada por el Gobierno de turno (art. 124.4 de la Constitución Española y art. 29.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.



 



El Fiscal viene obligado a velar por la legalidad y acierto en la adopción de las medidas de investigación. ¿Qué ocurre cuando el Fiscal debe combatir la ilegalidad y la pasividad investigadora de un Gobierno que le ha nombrado y le puede cesar? ¿es tan difícil arbitrar un procedimiento en el que el Fiscal General del Estado sea designado por sufragio universal de los distintos cuerpos de profesionales que conforman la Administración de Justicia, y que además su cargo tenga una duración limitada y que para el acceso a ese cargo se le exijan unos años de experiencia y competencia profesional?.



 



 



En España hay 2.5 millones de asuntos pendientes de resolución. Hay muchos, muchísimos jueces y fiscales que se están quemando las pestañas por hacer una justicia digna, pero desgraciadamente la invasión de algunos mediocres, arribistas, resentidos y con “complejo de cambiar el mundo”, le están haciendo un flaco favor a la Justicia, y, lo que es peor, a la confianza y sensatez de una sociedad que se está hartando de tanto incompetente desechable. Es la “MALA JUSTICIA” (de la que hablaba monseñor Romero) que, igual que la víbora, “siempre muerde al pie descalzo”. 



 



 



La MALA JUSTICIA se atisba principalmente en dos fases del proceso:



 



a) En la fase de elección de las Leyes que sean aplicables al caso.



Así en un ordenamiento jurídico, como el nuestro, en el que las “leyes” están hechas al dictado de los políticos que además designan a los  redactores de las mismas (en muchos casos carentes de la preparación para tal cometido) y con escasa o nula influencia de los sectores afectados por esas Leyes, es muy complicado conseguir unas resoluciones que se acerquen a los postulados de una JUSTICIA DIGNA. La creación del Foro de la Justicia Europea (30-mayo-2008) va a ser tan inútil e insuficiente como lo es, para estos menesteres, el Foro por la Justicia creado por el CGAE. Su influencia para elaborar un buen cuerpo legislativo es nula o intrascendente.



 



Muchas de las críticas que se hacen a los Jueces en este país, cuando dictan una resolución amparada en la Ley (no pueden hacerlo de otra forma), debieran ser dirigidas a los “indeseables” que han propiciado este ese tipo de Leyes.



Hay MALA JUSTICIA porque hay MALAS LEYES.



 



b) Otra de las fases en la que se percibe la buena o mala justicia es en la fase de ejecución de las sentencias dictadas al aparo de una Ley.



 



Dos “sucesos jurídicos” han marcado la indignación popular este verano. La excarcelación del etarra DE JUANA y la fuga del interno de la Prisión de Teixeiro, el abogado Rodríguez Menéndez.



 



En ambos casos, los condenados “han hallado vida” después de las sentencias condenatorias que les obligaban a estar en prisión.



 



Uno, se aprovechó de una MALA JUSTICIA, configurada por unas Leyes penales que ya databan del franquismo (¡que lástima que los de la “memoria Histórica” no hubiesen desenterrado el hacha de guerra para derogar estas Leyes que tanto favorecen a los grandes delincuentes).



 



Y el otro, se aprovechó de una MALA JUSTICIA, encarnada en un desacertado y discriminatorio tratamiento que se hizo con un preso que tuvo la habilidad y sabiduría de utilizar los resortes legales que se ofrecen en la fase de ejecución o cumplimiento de las sentencias.



 



 



            Tal vez. La conclusión de todo esto no es más que una. La justicia no es más que una “obra de teatro” en la que a cada uno nos corresponde interpretar bien el papel que se nos ha asignado. El aplauso o el silbido no vendrán por encarnar a un ser noble o despreciable (respectivamente), sino por haber ejecutado bien la interpretación de nuestro personaje.



 



De ahí que, ante una sentencia favorable o desfavorable, no debemos decaer. La interpretación del papel de cada uno debe seguir hasta que se baje el telón. Y aun después. Porque la “vida” aun sigue después del último acto. Muchos abogados deben su éxito a los resultados obtenidos después de dictarse la sentencia definitiva.



 



 



 



 



Vigo, 1 de septiembre de 2008.



 



 



Fdo.: Ricardo L. Martínez Barros.



 


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