EL TESTAMENTO OLOGRAFO ANTE EL COVID-19

"…Que tengo que morir es infalible dejar de ver a Dios y condenarme triste cosa será, pero posible…" Estos  versos atribuidos a Lope de Vega nos sirven como introducción a la figura del testamento ológrafo En  los últimos tiempos, y especialmente motivado por las ventajas fiscales que determinadas Comunidades Autónomas han diseñado para favorecer la transmisión de bienes hacia los herederos, el testamento ya no es un “acto que se otorga en las postrimerías de la vida del  individuo”, sino que es un acto o negocio jurídico que se otorga con más asiduidad desde que el testador adquiere la mayoría para testar

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LAS PAREJAS DE HECHO NO REGISTRADAS

Una sentencia reciente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), de fecha 3 de marzo de 2020, deniega a una mujer las bonificaciones fiscales en la herencia de su compañero fallecido, por no haberse registrado como pareja de hecho en el Registro que tutela la Xunta de Galicia. Las parejas de hecho sólo se equipararán al matrimonio (a efectos fiscales) si se constituyen como “uniones de dos personas mayores de edad, capaces, que convivan con la intención o vocación de permanencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal y que la inscriban en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia”. Sin embargo, el mes anterior y en una sentencia dictada por el mismo Tribunal, aunque por Sala distinta, se eximió a la mujer del pago de los correspondientes impuestos derivados de la herencia de su compañero, pese a no estar “registradas”. Analizados uno y otro caso, observamos que hay ciertos elementos fácticos que justifican esa aparente “disparidad”. El “compañero” (en esta última sentencia) había sido declarado incapaz en el año 2006, y el Registro de Parejas de Hecho fue creado en el año 2007. En consecuencia, no se le podía exigir la inscripción en un Registro porque en el año 2006 no existía tal Registro. El ahorro, en este caso, para la “viuda” fue de 130.024 euros.

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NO SE CON QUIEN, PERO LA EMIGRACION PIERDE

Cierto: El titulo de hoy viene “retorcido”, o quizás sea solo una parodia de aquella famosa ocurrencia (“no sé quienes, pero ganaremos”) que el politico-registrador Pio Cabanillas pronunció poco después de la muerte de Franco y cuando estaba en ciernes la elaboración de los textos legislativos que regularían el sistema electoral.

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¿QUÉ PODEMOS HACER?

LA CIFRA: Según el PERE (Padrón De Españoles Residentes en el Extranjero), casi dos millones y medio de españoles residen en el extranjero, de los que el 60% están en edad de trabajar. España ocupa un lugar intermedio en el ranking de países con emigración. Cierto que estamos muy lejos de Siria, en el que casi la mitad de su población ha emigrado. Claro que España, por ahora, no se halla en un estado de guerra fraticida y de devastación que presenta el país mediterráneo, que nos lleve a hacer este tipo de comparaciones.

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¿ CUANDO SE ACABARÁ LA PRESION FISCAL A LOS EMIGRANTES RETORNADOS?

Algún día habrá que estudiar qué grupo de españoles son los que más contribuyen a enriquecer la economía nacional. Yo no tengo dudas: LOS EMIGRANTES. Y sin atiborrarme con cifras y estadísticas, y admitiendo las dudas en contrario, creo que dispongo de elementos suficientes para fundamentar mi afirmación. Uno, los emigrantes españoles, por lo general, transfieren todo o parte de sus ahorros a cuentas o productos financieros residenciados en España, ya sea para ayudar a su familia, ya para pagar deudas contraídas, para invertir o simplemente para crear cuentas de ahorros.

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LOS PROBLEMAS DE LA EMIGRACION NO SON PRIORITARIOS PARA LOS ASPIRANTES A GOBERNAR

He tenido la paciencia de analizar las “propuestas” sobre emigración que contienen los programas de los partidos políticos que aspiran a gobernar a partir del 28A. Y debo confesar que sentí una profunda tristeza y decepción, porque a los problemas de la emigración se le dedica menos espacio que el que se dedica a la capra pyrenaica o a los osos de agua o tardígrados

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